Consejos de Distrito
Los Distritos constituyen divisiones territoriales del municipio de Gijón y están dotados de órganos de gestión desconcentrada para el impulso y desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio. Corresponde al Ayuntamiento Pleno modificar la división del término municipal en distritos, así como su número, límites territoriales y organización. Los distritos se subdividen en barrios.
Los distritos actuales son seis: Centro, Este, Llano, Sur, Oeste y Rural.
Son órganos del Distrito:
1. De Gestión:
- El/la Concejal/a Delegado/a del Distrito, nombrado/a y separado/a libremente por la Alcaldía, quien presidirá el Consejo de Distrito.
2. De participación:
- El Consejo de Distrito, que es el órgano colegiado de representación político-vecinal, en el que, junto a la participación de representantes políticos, se articula la participación de los/as vecinos/as, asociaciones y entidades más representativas de un mismo territorio en la gestión de los servicios municipales.
REGLAMENTO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS DISTRITOS DE LA CIUDAD DE GIJÓN






